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H. Concejo Deliberante de Villa Elisa Entre Ríos
H. de Elía 1430 - C.P. 3265 - Tel.03447-481008

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01 de Marzo, 2010 · General

ORDENANZA Nº 1548 - Compra de campo para basural

VISTO:

Ley Provincial 3.001 de Municipios y Comunas.-

CONSIDERANDO:

Que la gestión de los residuos sólidos urbanos es una de las funciones primordiales del Municipio, que como tal justifica la realización de importantes esfuerzos económicos y humanos.

Que en dicho marco, y tras un tiempo prudencial de estudios y negociaciones, el Departamento Ejecutivo Municipal ha logrado procurar la adquisición de un terreno adecuado para la elaboración de un relleno sanitario que permita proceder al cierre del actual, lo que indudablemente producirá una mejora en la calidad de vida de los vecinos en un futuro mas o menos mediato. Dicha adquisición sería hecha de los Sres. María Alejandra Premat, D.N.I. Nº 28.815.885, María Patricia Premat, D.N.I. Nº 28.815.886, y Juan Emilio Premat, L.E. 8.416.855.

Que, en términos económico-financieros, la operación a concertar redundaría en un emolumento de Dólares Estadounidenses Noventa y Dos Mil Setecientos (U$S 92.700), los que corresponden a precio del terreno (U$S 90.000) – equivalente a $ 347.400.-- y comisión de los agentes inmobiliarios intervinientes (U$S 2.700), Sres. Elvio Alberto Claá y Raúl Claá.

Que a través del pago de dicha suma el Municipio accedería a la compra de Quince Hectáreas (15 has.) de campo apto para la instalación que se pretende efectuar, cuestión que surge claramente del informe elaborado por el Sr. Guido Bonnot. Dicha superficie estaría conformada por la suma del Inmueble ubicado en Colonia El Pantanoso, Departamento colón, Distrito Segundo Ejido de Villa Elisa, que según plano de mensura Nº 20.529 está señalado como lote B y tiene una superficie aproximada de NUEVE HECTÁREAS, CINCUENTA Y SIETE ÁREAS, VEINTICINCO CENTIÁREAS, que se encuentra inscripto en el Registro Público de la Ciudad de Concepción del Uruguay en fecha 22 de agosto de 1955 bajo el Nº 160, Prop. 20.905, Folio 834 a 836, Tomo 8, Sección Dominio Rural y el Inmueble ubicado en la misma Colonia, que según plano de mensura Nº 20.530, tiene una superficie de SEIS HECTÁREAS VEINTICINCO AREAS, CERO CENTIÁREAS, inscripto en el mismo Registro Público en fecha 24 de diciembre de 1954 bajo el Nº 260, Prop 15.326, Folio 1188 a 1193, Tomo 7, Sección Dominio Rural.

Que a su vez la operación inmobiliaria a efectuarse involucraría la enajenación de dos lotes de propiedad del Municipio, uno con domicilio parcelario en calle Andrés Roude entre Alvear y Las Heras, con una superficie aproximada de Cuatrocientos Diecisiete Metros Cuadrados, de 12,40 metros de frente, que pertenece a un inmueble de superficie mayor de Mil Cuatrocientos Sesenta Y Siete Metros Cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad de la ciudad de Colón en fecha 15 de mayo de 1993 a nombre de la Municipalidad de Villa Elisa bajo matrícula Nº 116.839, sección DU; y el otro con domicilio parcelario en calle Dr. Gutierrez entre Rondeau y Alvarado, cuya superficie según mensura es de Doscientos Veintidós Metros Cuadrados Treinta y Seis Decímetros Cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad en fecha 30 de agosto de 1996 bajo matrícula Nº 122.459, los que según recientes tasaciones efectuadas ascienden a un costo total de Pesos Ciento Sesenta Mil ($ 160.000).-

POR ELLO, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE VILLA ELISA, SANCIONA CON FUERZA DE

O R D E N A N Z A

Artículo 1º) - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a adquirir en forma directa, en los términos y montos especificados en los considerandos de la presente, Inmueble ubicado en Colonia El Pantanoso, Departamento colón, Distrito Segundo Ejido de Villa Elisa, que según plano de mensura Nº 20.529 está señalado como lote B y tiene una superficie aproximada de NUEVE HECTÁREAS, CINCUENTA Y SIETE ÁREAS, VEINTICINCO CENTIÁREAS, que se encuentra inscripto en el Registro Público de la Ciudad de Concepción del Uruguay en fecha 22 de agosto de 1955 bajo el Nº 160, Prop. 20.905, Folio 834 a 836, Tomo 8, Sección Dominio Rural y el Inmueble ubicado en la misma Colonia, que según plano de mensura Nº 20.530, tiene una superficie de SEIS HECTÁREAS VEINTICINCO AREAS, CERO CENTIÁREAS, inscripto en el mismo Registro Público en fecha 24 de diciembre de 1954 bajo el Nº 260, Prop 15.326, Folio 1188 a 1193, Tomo 7, Sección Dominio Rural -

Artículo 2º) - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a enajenar en forma directa y a las vendedoras de los referidos lotes, dos lotes de propiedad del Municipio, uno con domicilio parcelario en calle Andrés Roude entre Alvear y Las Heras, con una superficie aproximada de Cuatrocientos Diecisiete Metros Cuadrados, de 12,40 metros de frente, que pertenece a un inmueble de superficie mayor de Mil Cuatrocientos Sesenta Y Siete Metros Cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad de la ciudad de Colón en fecha 15 de mayo de 1993 a nombre de la Municipalidad de Villa Elisa bajo matrícula Nº 116.839, sección DU; y el otro con domicilio parcelario en calle Dr. Gutierrez entre Rondeau y Alvarado, cuya superficie según mensura es de Doscientos Veintidós Metros Cuadrados Treinta y Seis Decímetros Cuadrados, inscripto en el Registro de la Propiedad en fecha 30 de agosto de 1996 bajo matrícula Nº 122.459.

La enajenación autorizada deberá ajustarse a los costos especificados en los considerandos de la presente.

Artículo 3º) - Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal a efectuar los gastos de mensura, escritura traslativa de dominio y comisión de Ley a los agentes inmobiliarios intervinientes, realizando a tal efectos las modificaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente.

Artículo 4º) - De forma.-

Villa Elisa, 1 de marzo de 2010



Marcelo J. Cettour

Gustavo J. Perrón

Secretario HCD

Presidente HCD


publicado por concejoelisa a las 11:01 · Sin comentarios  ·  Recomendar
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